Tablas  Documentos Relacionados  Glosario de Términos     


Tablas >> Protección de los Consumidores >> Prohibición de envíos no solictiados

El Real Decreto 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, prohíbe que el comerciante envíe al consumidor o usuario mercancías que no hayan sido solicitadas previamente por el mismo. De esta manera, se da prevalencia al consentimiento del interesado sobre cualquier interés comercial.

Concepto Contenido
Prohibición de envíos no solicitados
(art. 100)
  • Regla general: prohibición del suministro al consumidor y usuario bienes o servicios no pedidos por él cuando dichos suministros incluyan una petición de pago de cualquier naturaleza.
  • Incumplimiento:
    • infracción que suponga, y
    • derecho del receptor a quedarse con el bien o servicio, sin:
      • pagar el precio,
      • ni que se le pueda reclamar el precio
    • si el receptor decide devolverlo no deberá indemnizar por los daños o deméritos sufridos por el bien o servicio.
  • Envío erróneo:
    • corresponde al empresario la carga de la prueba
    • el receptor tendrá derecho a ser indemnizado por:
        - los gastos, y
        - los daños y perjuicios que se le hubieran causado.

<<< volver


Ir a la Parte Superior