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Tablas >> Contratos informáticos >> Clasificación por el negocio jurídico

Respecto del negocio jurídico bajo el que se incluyen los contratos informáticos es necesario señalar que no existe en nuestro ordenamiento jurídico una regulación específica de dichos contratos informáticos, por lo que en función de la prestación en concreto que se pretenda llevar a cabo por las partes será necesario acudir a la regulación prevista con carácter general para el contrato de que se trate.

Tipos de contratos

En función del negocio jurídico concreto, pueden citarse a modo de ejemplo los contratos:

  • de venta,

  • de arrendamiento financiero o leasing,

  • de alquiler
Contrato de venta

Recae sobre

  • un bien informático

La compraventa puede ser:

  • mercantil o

  • civil
Contrato de arrendamiento financiero

Son partes en el contrato:

  • el suministrador -vendedor- del equipo informático,

  • una entidad o intermediario financiero, y

  • el usuario del bien
Contrato de alquiler

Confiere al usuario:

  • el goce o uso de un bien informático,

  • durante un tiempo determinado, y

  • por un precio cierto
Contrato de mantenimiento

Puede ser de:

  • equipos,

  • programas o

  • un mantenimiento integral en el que se pueden incluir un servicios de formación,

  • asesoramiento y consulta

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