Tablas >> Firma electrónica >> Firma electrónica
Requisitos
(art. 3.1) |
Será la firma electrónica el:
- conjunto de datos en forma electrónica,
- consignados junto a otros o asociados con ellos,
- que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.
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Efectos jurídicos |
La firma electrónica:
- a pesar de no reunir los requisitos de una firma electrónica reconocida
- no se le negarán los efectos jurídicos a una firma electrónica
- por el mero hecho de presentarse en forma electrónica.
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