Tablas >> e-Marketing >> Conceptos
El legislador procedió a establecer una serie de términos con el fin de facilitar la aplicación de la normativa sobre publicidad, términos que hoy deben trasladarse a un entorno electrónico, en la medida en que ello sea posible, puesto que surgen otros nuevos que carecen de una previsión legal específica.
| Agencias de publicidad |
Son agencias de publicidad:
- las personas naturales o jurídicas,
- que se dediquen profesionalmente, y
- de manera organizada a:
- crear,
- preparar,
- programar, o
- ejecutar publicidad
- por cuenta de un anunciante
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| Anunciante |
Es anunciante:
- la persona natural o jurídica,
- en cuyo interés se realiza la publicidad
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| Contrato de publicidad |
Es aquél contrato por el que:
- un anunciante,
- encarga a una agencia de publicidad,
- mediante una contraprestación,
- la ejecución de publicidad, y:
- la creación,
- preparación, o
- programación de la misma
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| Destinatarios |
Se considera destinatarios a las personas a las que:
- se dirija el mensaje publicitario, o
- éste alcance
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| Publicidad |
Se entiende por publicidad:
- toda forma de comunicación,
- realizada por una persona física o jurídica,
- pública o privada,
- en el ejercicio de una actividad:
- comercial,
- artesanal, o
- profesional
- con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de:
- muebles o inmuebles,
- servicios,
- derechos y obligaciones
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| Publicidad desleal |
Es publicidad desleal:
- la que por su contenido, forma de presentación o difusión provoca:
- el descrédito,
- denigración, o
- menosprecio,
- directo o indirecto de:
- una persona,
- empresa, o
- sus productos,
- servicios, o
- actividades.
- la que induce a confusión con:
- las empresas,
- actividades,
- productos,
- nombres,
- marcas, u
- otros signos distintivos de los competidores
- la que haga uso injustificado de:
- la denominación,
- siglas,
- marcas, o
- distintivas de otras empresas o instituciones
- en general, la que sea contraria a las normas de corrección y buenos usos mercantiles.
- la publicidad comparativa cuando:
- no se apoye en:
- características esenciales,
- afines, y
- objetivamente demostrables de los productos o servicios
- se contrapongan bienes o servicios con otros:
- no similares,
- desconocidos, o
- de limitada participación en le mercado
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| Publicidad engañosa |
Es engañosa la publicidad que:
- de cualquier manera, incluida su presentación, induce o puede inducir a errores a sus destinatarios,
- pudiendo afectar a su comportamiento económico, o
- perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor, y
- la que silencie datos fundamentales de:
- los bienes,
- actividades, o
- servicios
- cuando dicha omisión induzca a un error de los destinatarios
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| Publicidad subliminal |
Es publicidad subliminal:
- la que mediante técnicas de producción de estímulos de intensidades fronterizas con los umbrales de los sentidos, o
- análogas,
- pueda actuar sobre el público destinatario,
- sin ser conscientemente percibida
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