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Tablas >> Propiedad Intelectual e Industrial >> Protección jurídica de las bases de datos

Las bases de datos requieren de la correspondiente protección por parte del legislador, concretándose ésta en el reconocimiento de unos derechos de autor y en el denominado derecho sui generis sobre la misma, sin perjuicio además de la protección que pudiera recaer sobre el contenido de la misma, como forma de garantizar la inversión relacionada por el fabricante, en virtud de la inversión sustancial efectuada, siempre y cuando concurran los requisitos de protección necesarios, y en particular la originalidad de la obra.

Protección jurídica

La protección conferida comprende:

  • Derechos de autor:
    • sobre la base de datos, y sobre los elementos necesarios para el funcionamiento o la consulta de algunas bases de datos como el tesauro y los sistemas de indexación,
    • se excluye de dicha protección a los programas de ordenador:
      • utilizados en la fabricación de la base de datos, o
      • en el funcionamiento de la base de datos accesible por medios electrónicos
  • Derecho sui generis
  • sin perjuicio de los derechos y la protección que recaiga sobre el contenido de la misma
Requisitos para su protección

El derecho de autor recae sobre la base de datos que:

  • por la selección o
  • disposición de sus contenidos
  • constituya creación intelectual
  • sin perjuicio, en su caso, de los derechos que pudieran subsistir sobre dichos contenidos
  • se exige por tanto la originalidad como requisito sine qua non
Derechos de explotación

El usuario legítimo de una base de datos:

  • podrá efectuar, sin la autorización del autor de la base, todos los actos que sean necesarios
  • para el acceso al contenido de la base de datos y a su normal utilización
  • aunque estén afectados por cualquier derecho exclusivo de ese autor
  • en la medida en que esté autorizado a utilizar sólo una parte de la base de datos lo anterior sólo será aplicable a la misma
  • cualquier pacto en contrario a lo establecido en esta disposición será nulo de pleno derecho
  • el usuario legítimo no necesitará la autorización del autor, cuando la base de datos haya sido divulgada, para:
    • realizar una reproducción con fines privados de una base de datos no electrónica,
    • utilizar la base de datos con fines de ilustración de la enseñanza o de investigación científica siempre que se lleve a efecto en la medida justificada por el objetivo no comercial que se persiga e indicando en cualquier caso su fuente
    • utilizar la base de datos con fines de seguridad pública o a efectos de un procedimiento administrativo o judicial

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