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La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y su Reglamento de desarrollo incluyen en su articulado una serie de definiciones legales con objeto de aclarar o intentar aclarar los términos empleados en la misma.

En modo alguno dichos conceptos pueden convertirse en un obstáculo al desarrollo de la ley al imponer, si bien no intencionadamente, límites a la aplicación práctica de la misma.

Accesos autorizados

Son accesos autorizados:

  • autorizaciones concedidas a un usuario
  • para la utilización de los diversos recursos
Afectado o interesado

Es afectado o interesado:

  • persona física titular de los datos que sean objeto del tratamiento.
Autenticación

Entendemos por autenticación :

  • procedimiento de comprobación
  • de la identidad de un usuario.
Cancelación

Entendemos por cancelación:

  • Procedimiento en virtud del cual el responsable cesa en el uso de los datos.

La cancelación implicará:

  • el bloqueo de los datos, consistente
  • en la identificación y reserva de los mismos
  • con el fin de impedir su tratamiento
  • excepto para su puesta a disposición de
    • las Administraciones públicas
    • Jueces y
    • Tribunales
  • para la atención de las posibles responsabilidades
  • nacidas del tratamiento
  • sólo durante el plazo de prescripción de dichas responsabilidades.
  • transcurrido ese plazo deberá procederse a la supresión de los datos.
Cesión o comunicación

Se entiende por cesión o comunicación de datos:

  • toda revelación de datos,
  • realizada a una persona distinta del interesado
Consentimiento

El consentimiento es:

  • toda manifestación de voluntad:
    • libre,
    • inequívoca,
    • específica e
    • informada
  • mediante la que el interesado consienta el tratamiento de sus datos
Contraseña

Se entiende por contraseña:

  • información confidencial,
  • frecuentemente constituida por una cadena de caracteres,
  • que puede ser usada en la autenticación
    • de un usuario o
    • en el acceso a un recurso.
Control de acceso

Se entiende por control de acceso:

  • mecanismo que en función de la identificación ya autenticada
  • permite acceder
    • a datos
    • o recursos
Copia de respaldo

Se entiende por copia de respaldo:

  • copia de los datos de un fichero automatizado
  • en un soporte
  • que posibilite su recuperación
Datos de carácter personal

Se entiende por datos de carácter personal:

  • cualquier información,
  • concerniente a personas físicas,
  • identificadas o identificables

Además:

  • Cualquier información
    • numérica
    • alfabética
    • gráfica
    • fotográfica
    • acústica
  • conceerniente a personas físicas
  • identificadas o identificables.
Datos de carácter personal relacionados con la salud

Entendemos por dato de carácter personal relacionado con la salud:

  • las informaciones concernientes a la salud
    • pasada,
    • presente y
    • futura
  • física o
  • mental
  • de un individuo.

En particular se consideran datos relacionados con la salud:

  • los referidos a su porcentaje de disccapacidad y
  • a su información genética.
Dato disociado

Es un dato disociado:

  • aquel que no permite la identificación
  • de un afectado o interesado.
Encargado del tratamiento

Se considera encargado del tratamiento a:

  • la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio, cualquier otro organismo, también entes sin personalidad jurídica que actúen en el tráfico como sujetos diferrenciados
  • que sólo o conjuntamente con otros,
  • trate datos personales,
  • por cuenta del responsable del tratamiento o del fichero
  • como consecuencia de la existencia de una relación jurídica
  • que le vincula con el mismo y
  • delimita el ámbito de su actuación para la prestación de un servicio.
Fichero

Se entiende por fichero:

  • todo conjunto organizado de datos,
  • cualquiera que fuere la forma o modalidad de su:
    • creación,
    • almacenamiento,
    • organización, y
    • acceso
Fichero no automatizado

Se entiende por fichero no automatizado:

  • todo conjunto de datos de carácter personal
    • organizado de forma no automatizada y
    • estructurado conforme a criterios específicos
  • relativos a personas físicas
  • que permitan acceder sin esfuerzos desproporcionados
    • a sus datos personales
  • ya sea el fichero
    • centralizado
    • descentralizado
    • repartido de forma funcional
    • repartido de forma geográfica
Fuentes accesibles al público

Se entiende por fuentes accesibles al público:

  • aquellos ficheros cuya consulta puede ser realizada,
  • por cualquier persona,
  • no impedida por una norma limitativa,
  • sin más exigencia que, en su caso, el abono de una contraprestación,
  • tienen tal consideración exclusivamente:
  • el censo promocional,
  • los repertorios telefónicos, en los términos previstos por su normativa específica,
  • las listas de personas pertenecientes a grupos profesionales que contengan únicamente:
    • nombre,
    • título,
    • profesión,
    • actividad,
    • grado académico,
    • dirección, e
    • indicación de su pertenencia al grupo
  • los diarios y boletines oficiales,
  • los medios de comunicación
Identificación

Identificación es:

  • rpocedimiento de reconocimiento
  • de la identidad de un usuario.
Interesado

Se considera interesado a:

  • la persona física,
  • titular de los datos objeto de tratamiento
Perfil de usuario

Entendemos por perfil de usuario:

  • accesos autorizados
  • a un grupo de usuarios.
Procedimiento de disociación

Se entiende por procedimiento de disociación:

  • todo tratamiento de datos,
  • de modo que la información que se obtenga,
  • no pueda asociarse a persona identificada o identificable
Recurso

Entendemos por recurso:

  • cualquier parte componente de un sistema de información.
Responsable del fichero

Se considera responsable del fichero a:

  • la persona física o jurídica, o
  • entes sin personalidad jurídica
  • pública o privada, u órgano administrativo,
  • que decida sobre:
    • finalidad,
    • contenido, y
    • uso del tratamiento
Responsable de seguridad

Se considera responsable de seguridad:

  • persona o personas a las que
  • el responsable del fichero
  • ha asignado formalmente
  • la función de coordinar y controlar
  • las medidas de seguridad aplicables.
Sistema de información

Entendemos por sistema de información:

  • conjunto de:
    • ficheros
    • tratamientos
    • programas
    • soportes
    • equipos
  • para el tratamiento de datos de carácter personal.
Sistema de tratamiento

Entendemos por sistema de tratamiento:

  • modo en que se organiza o utiliza
  • un sistema de información.
  • atendiendo al sistema de tratamiento,
  • los sistemas de información podrán ser:
    • automatizados
    • no automatizados
    • parcialmente automatizados.
Soporte

Entendemos por soporte:

  • objeto físico que
    • almacena o
    • contiene
      • datos o
      • documentos
  • u objeto susceptible de ser tratado
  • en un sistema de información y
  • sobre el cual se pueden
    • grabar datos y
    • recuperar datos.
Tratamiento

Se entiende por tratamiento:

  • las operaciones y procedimientos,
  • de carácter automatizado o no,
  • que permiten la:
    • recogida,
    • grabación,
    • conservación,
    • elaboración,
    • modificación,
    • bloqueo,
    • cancelación,
  • así como las cesiones de datos que resulten de:
    • comunicaciones,
    • consultas,
    • interconexiones, y
    • transferencias
Transferencia internacional de datos

Se entiende por transferencia internacional de datos:

Tratamiento de datos que supone:

  • una transmisión de los mismos
  • fuera del trritorio del EspacioEconómico Europeo
  • bien constituya una cesión o comunicación de datos
  • bien tenga por objeto la realización de un tratamiento de datos por cuenta del responsable del fichero establecido en territorio español.
Transmisión de documentos

Se entiende por transmisión de documentos:

  • Cualquier:
    • traslado
    • comunicación
    • envío
    • entrega
    • divulgación
  • de la información contenida en el mismo
Usuario

Es usuario:

  • sujeto o proceso autorizado
  • para acceder a datos o recursos

Tendrán la consideración de usuarios:

  • los procesos que permitan acceder a
    • datos o
    • recursos
  • sin identificación de un usuario físico.

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