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Tablas >> Telecomunicaciones >> Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), cuya regulación se encuentra en la Ley 12/1997, de 24 de abril, de Liberalización de las Telecomunicaciones, se convierte en una pieza esencial por ser el órgano que tiene atribuida la competencia de velar por el cumplimiento de los principios establecidos legalmente al tiempo que desempeña una importante función arbitral en el mercado de las telecomunicaciones.

En el ejercicio de sus funciones, la CMT deberá velar por la salvaguardia de los intereses de los ciudadanos, como destinatarios finales de los servicios de telecomunicaciones, lo que supone la necesidad de garantizar el cumplimiento de la ley por parte de los diferentes sujetos que interactúan en el mercado, y en concreto de los operadores de telecomunicaciones, mediante las atribuciones que legalmente tiene conferidas.

Qué es

La CMT es:

  • el organismo regulador sectorial independiente español para el mercado de:
    • las telecomunicaciones, y
    • los servicios audiovisuales, telemáticos e interactivos
  • una entidad de derecho público
  • con personalidad jurídica y plena capacidad pública y privada
Objeto

La CMT tiene por objeto:

  • salvaguardar, en beneficio de los ciudadanos, las condiciones de competencia efectiva en el mercado de:
    • las telecomunicaciones, y
    • los servicios audiovisuales, telemáticos e interactivos
  • velar por la correcta formación de los precios, y
  • ejercer de órgano arbitral en los conflictos que surjan en el sector
Composición

La CMT se compone de los siguientes órganos:

  • el Consejo, que entre otras funciones, adopta las decisiones de la CMT
  • los Servicios de la Comisión
Funciones

La CMT desarrollará entre otras las siguientes funciones:

  • salvaguardar la competencia efectiva en el mercado
  • asesorar al Gobierno en relación con la política de telecomunicaciones, así como a las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, a solicitud de las mismas
  • resuelve las consultas que le formulen tanto los operadores de redes y servicios como las asociaciones de consumidores y usuarios
  • dicta Instrucciones vinculantes para las entidades que operen en el sector dirigidas a salvaguardar la libre competencia en el mercado
  • concede los títulos que habilitan para prestar servicios de telecomunicación (licencias individuales y autorizaciones generales), salvo en los servicios en autoprestación y de aquellos que deban concederse por el procedimiento de concurso, cuyo otorgamiento corresponde al Ministerio de Ciencia y Tecnología
  • gestiona los Registros de operadores de redes y servicios que requieran de título habilitante para su explotación o prestación
  • controla del cumplimiento de las obligaciones de servicio público que se impongan a los titulares de los servicios
  • desarrollar una función arbitral para resolver los conflictos entre los operadores de redes y prestadores de servicios del sector de las telecomunicaciones
  • ejerce la potestad sancionadora respecto a los incumplimientos de las Instrucciones o Resoluciones que dicte en el ejercicio de sus competencias

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