La AEPD recurrirá la decisión del TS sobre los Libros de Bautismo

La Agencia Española de Protección de Datos recurrirá la sentencia del Tribunal Supremo que afirma que los Libros de Bautismo no son ficheros. A través de un incidente de nulidad de actuaciones, la Agencia espera lograr la anulación de la sentencia de fecha 19 de septiembre de 2008. En esta sentencia, el Tribunal Supremo afirmó que los Libros de Bautismo no pueden ser considerados como ficheros y revocó el fallo de la Audiencia Nacional que reafirmaba el criterio que mantiene la AEPD desde 2004, es decir, que los Libros de Bautismo son ficheros.

La Agencia basa el recurso en diversos fundamentos, destacándose en primer lugar el de que la sentencia vulnera el derecho fundamental a la protección de datos. En segundo lugar, la AEPD alega que la sentencia, al negar el carácter de ficheros a conjuntos de datos “ordenados” puede negar ese derecho fundamental a otros posibles supuestos que se planteasen al Tribunal en el futuro. Por otro lado, la Agencia considera que la decisión restringe el ámbito de aplicación de las normas de protección de datos e ignora el ámbito de aplicación del derecho fundamental reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Además, estaría vulnerando no sólo las normas y jurisprudencia nacionales sino también a la normativa comunitaria que se aplica al tratamiento no automatizado de datos de carácter personal.

El director de la AEPD ha anunciado que en el caso de no prosperar la nulidad de actuaciones la Agencia interpondrá recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Además, el director ha resaltado la importancia del tema, puesto que, hasta el 5 de octubre de 2008 la AEPD ha dictado 650 resoluciones en procedimientos de tutelas de derecho referidas a la solicitud de cancelación de datos en Libros de Bautismo y existen en la actualidad 556 solicitudes de tutela de derechos pendientes de Resolución.

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