¿Cuál es el régimen de los servicios de la sociedad de la información?
La prestación de servicios de la sociedad de la información se enmarca dentro del principio de libre prestación de servicios, lo que supone que los mismos no se encuentren sujetos a la obtención de una autorización previa, sin perjuicio de las obligaciones específicas que en relación con la prestación de una determinada actividad pudieran venir establecidas por la normativa vigente.
Además de lo anterior, se establece la libre prestación de servicios respecto de la prestación de servicios de la sociedad de la información que pudieran proceder de prestadores establecidos en alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, lo que supone que en principio, y salvo que la ley disponga lo contrario, no pueda imponerse ningún tipo de restricciones respecto de los mismos.
Como parte del régimen de la prestación de servicios cabe señalar, además de las obligaciones específicas que pudieran surgir para los prestadores de servicios en materias como la información a los consumidores de sus bienes o servicios, la obligación de respetar una serie de principios que resultan fundamentales para la convivencia social, como son el orden público, la protección de los consumidores y usuarios o la protección de la infancia y juventud.
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¿Qué es el ámbito normativo coordinado?
El ámbito normativo coordinado viene configurado por los requisitos que resultan aplicables a los prestadores de servicios de la sociedad de la información y que vengan exigidos bien por la normativa específica que regule la prestación de dichos servicios, como por aquellas normas del ordenamiento, tanto generales como específicas, que regulen el ejercicio de las actividades económicas que se desarrollen por vía electrónica.
En concreto, se encuadran dentro de este ámbito normativo coordinado los aspectos relativos al comienzo de la correspondiente actividad así como al posterior ejercicio de la misma, y que establecen requisitos relativos por ejemplo a la titulación o cualificación necesaria para desarrollar una determinada actividad o aquellos que se refieran a la actuación del prestador de servicios como la calidad y seguridad de su contenido. Quedan excluidos de este ámbito otros aspectos como las condiciones relativas a los bienes o servicios o su entrega o prestación.
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