Labor de organizaciones internacionales
En una cuestión que tiene alcance global, como el comercio electrónico, puede resultar conveniente la labor desempeñada por diversas organizaciones internacionales, tales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la Organización Mundial del Comercio (OMC), o incluso, en el ámbito de la Unión Europea, con el fin de acercar las posiciones de los diferentes Estados miembros para la adopción de medidas comunes que permitan crear un marco normativo y de funcionamiento adecuado.
La OCDE propugna que los diferentes países se abstengan, a pesar de las críticas que por parte de éstos pueda recibir en cuanto al desarrollo de su actividad en la materia, de adoptar soluciones unilaterales respecto de la tributación del comercio electrónico. Muestra de la labor desarrollada por dicha organización ha sido el consenso obtenido para la elaboración de una serie de principios que deben resultar de aplicación a la tributación del comercio electrónico, y que son: neutralidad, eficiencia, seguridad jurídica, simplicidad, equidad y flexibilidad.
La OMC parte del análisis de la adecuación de sus Acuerdos Generales, Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) y el Acuerdo sobre Comercio de Servicios (GATS), a la tributación del comercio electrónico. Si bien no se ha pronunciado de forma expresa sobre la fiscalidad de las transacciones electrónicas, debido ello principalmente a la falta de consenso sobre determinadas cuestiones que se plantean a la hora de abordar dicha materia.
Por su parte, la Unión Europea plantea la necesidad de asegurar una serie de principios que habrán de estar presentes en el sistema tributario por el que se rija el comercio electrónico, siendo éstos los de seguridad jurídica, la evitación de pérdidas recaudatorias y la neutralidad en la imposición respecto del que puede denominarse comercio tradicional, por contraposición al comercio electrónico. Asimismo, aboga por la adaptación del sistema impositivo existente, en especial del IVA, al entorno electrónico y, más en concreto, respecto de su aplicabilidad al comercio electrónico, rechazando de esta manera aquellas posturas que defienden la creación o introducción de impuestos nuevos o adicionales.
<<< volver